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EMPRESAS TRABAJO TEMPORAL
Los seguros de caución o avales para empresas de trabajo temporal, son una modalidad en la que el tomador es la persona física o jurídica que opera como ETT, y cuyo objetivo es responder de las deudas por indemnizaciones, Seguridad Social y salariales, que pudieran derivarse de su actividad como Empresa de Trabajo Temporal, según lo establecido en la Ley 14/1994, de 1 de junio, por las que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.

Se presentará ante la dirección provincial de servicio de empleo, consejería de empleo de la comunidad autónoma correspondiente, dependientes del Ministerio de Trabajo.
Más Información en el video

SEGUROS DE CAUCIÓN PARA EMPRESAS TRABAJO TEMPORAL (ETT)

En Consorcio Europeo de Avales somos especialistas en el Seguro de Caución. Los Seguros de Caución son un producto imprescindible para las empresas porque son la perfecta alternativa al aval bancario, con numerosas ventajas frente a éste.

Hay muchas empresas que están obligadas a presentar una garantía o seguro de caución al Sector Público, bien porque tienen adjudicado un contrato, una concesión o como requisitos para obtener su licencia de actividad.

Hoy en día el seguro de caución es un producto totalmente flexible que se diseña de acuerdo a las necesidades de cada empresa.

Por este motivo el asesoramiento de un broker de seguros especializado como Consorcio Europeo de Avales resulta de gran utilidad e importancia para encontrar la póliza y compañía que mejor se adapte a sus necesidades.

¿Principales ventajas?

El seguro de caucion para empresas de trabajo temporal es una excelente alternativa frente a otras opciones como el aval bancario, ya que presenta las siguientes ventajas:
Aumento de la capacidad crediticia no computa CIRBE.
Disminución de las exigencias del balance.
Menores costes debido a la periodificación, se cobran días exactos.
No hay ni comisiones de estudio ni de apertura.
No se pignoran los anticipos.

¿Cómo se contrata?

Rellenando el siguiente cuestionario online, puede disponer de su garantía/ aval/ seguro de caucion en unas 48 horas hábiles, siempre que dispongamos de nuestro cuestionario totalmente cumplimentado y de la documentación necesaria.

Objeto de la cobertura

Responder de las deudas por indemnizaciones, salariales y de Seguridad Social que pudieran derivarse de su actividad como Empresa de Trabajo Temporal según lo establecido en la Ley 14/ 1994, de 1 de junio, por la que se regulan las Empresas de Trabajo Temporal.Asimismo, el presente seguro garantiza el pago de las deudas anteriormente citadas, aún cuando se hayan ocasionado desde el día que tuvo lugar la autorización inicial de la actividad como empresa de trabajo temporal de la sociedad indicada.

Legislación aplicable

Ley 14/1994 de 1 de junio por la que se regulan las empresas de trabajo temporal.

Real Decreto 4-1995 DE 13 de Enero.
144

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